La justicia alarga la condena al violador del ascensor
El preso Pedro Luis Gallego, conocido como el violador del ascensor (18 violaciones y dos asesinatos), no saldrá de la cárcel hasta 2022, ya que la Audiencia de Burgos ha dictado un auto que aprueba la aplicación de la denominada doctrina Parot y que impide su salida de prisión en diciembre próximo.
Esa doctrina fue establecida por el Tribunal Supremo en 2006 al analizar el caso del etarra francés Henri Parot y se basa en aplicar los beneficios penitenciarios a cada una de las condenas en vez de a la suma de ellas, en que el límite máximo de estancia en prisión es de 30 años.
18 AGRESIONES Y 2 ASESINATOS
Gallego, que actualmente cumple su pena en la prisión de Teixeiro (A Coruña), fue condenado inicialmente por 18 violaciones cometidas en Valladolid y Salamanca, y por el asesinato de la joven vallisoletana Leticia Lebrato en 1992, aunque posteriormente la Audiencia Provincial de Burgos le condenó también por el asesinato de la burgalesa Marta Obregón en 1996.
Los magistrados de la Sala Segunda de lo Penal de la Audiencia de Burgos, de acuerdo con el escrito favorable de la fiscalía, han considerado que existe jurisprudencia derivada del Tribunal Supremo sobre la aplicación de esta teoría penal en casos de asesinatos y delitos sexuales. El auto explica que el violador del ascensor deberá cumplir las condenas impuestas de forma sucesiva y con la aplicación individualizada a cada una de ellas de los beneficios penitenciarios.
El fallo de la Audiencia de Burgos es recurrible ante el Supremo. De hecho, el abogado del violador del ascensor ya anunció ayer su intención de llegar a esta instancia judicial. También es ante este alto tribunal que la Fiscalía del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) tiene recurrida la decisión de la Audiencia de Barcelona de no aplicar la doctrina Parot a Rodríguez Salvador.
EFE



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